Si ICE esta en su puerta ahora mismo, esto es lo que necesita saber:
- No abra la puerta.
- No los deje entrar.
- No firme nada.
Usted tiene derechos constitucionales—y le vamos a decir exactamente cuales son y como usarlos.
Si esta leyendo esto para prepararse para esa posibilidad, bien. El conocimiento es su mayor proteccion. Aqui tiene todo lo que necesita saber. Empiece por esto, porque es lo que la gente entiende mal: quedarse totalmente callado no siempre es seguro. Si usted tiene miedo de regresar a su país, tiene que decirlo en voz alta a los agentes. Diga estas palabras: "Tengo miedo de regresar a mi país. Quiero solicitar asilo." Bajo 8 U.S.C. 1225(b)(1)(A)(i), a una persona que no dice nada la pueden deportar sin que vea nunca a un juez. Bajo 1225(b)(1)(A)(ii), a quien dice esas palabras el oficial lo tiene que remitir a un oficial de asilo.
Paso 1: Mantenga la puerta cerrada
Si alguien toca su puerta diciendo que es del Servicio de Inmigracion y Control de Aduanas (ICE), de un departamento de policia local, o de cualquier agencia de aplicacion de la ley — no abra la puerta. Mantengala cerrada. Hable a traves de la puerta. Usted no tiene ninguna obligacion de abrirla.
Pida identificación y número de placa, pero tenga cuidado con lo que concluye de la respuesta. Bajo 8 C.F.R. 287.8(c)(2)(iii), un oficial de inmigración solo tiene que identificarse y dar la razón del arresto "al momento del arresto" y "tan pronto como sea práctico y seguro hacerlo." Ninguna regla obliga a un oficial a mostrar credenciales por una puerta cerrada a alguien que no está bajo arresto. Muchos se niegan, y muchos ahora se cubren la cara. Una negativa no prueba que no sean agentes, y no cambia lo que usted debe hacer: mantenga la puerta cerrada, siga grabando, no dé su consentimiento.
Paso 2: No invite a nadie a entrar a su propiedad
Esto es fundamental. Los agentes tienen prohibido entrar a su hogar sin una orden firmada por un juez o sin su consentimiento. Si usted los invita a pasar — aunque sea de manera casual, aunque sea para "solo hablar" — usted ha dado su consentimiento y ha renunciado a sus derechos. No lo haga. No salga afuera. No abra la puerta para entregarles nada. No piense que puede resolver la situacion hablando una vez que esten en su propiedad. No puede. Hay algo más que la ley sí permite: los agentes pueden entrar sin orden judicial cuando hay circunstancias apremiantes, es decir, una emergencia real. Payton v. New York, 445 U.S. 573, 576 (1980), protege el hogar solo "en ausencia de circunstancias apremiantes." A veces los agentes alegan una emergencia. Si entran de todos modos, no pelee con ellos. Diga con claridad, donde su cámara lo capte: "No doy mi consentimiento para que entren." Esa frase es la que su abogado usará después.
Una vez que los agentes estan dentro de su hogar con su consentimiento, todo cambia. Pueden observar, pueden interrogar y pueden actuar en base a lo que vean. Lo mas efectivo que usted puede hacer es simplemente no dejarlos entrar.
Paso 3: Grabe todo
Usted tiene derecho a grabar cualquier interaccion con las autoridades en video o audio. Use su telefono. Si usted no es la persona objetivo, grabe desde una distancia segura. Este material puede ser evidencia crucial en el tribunal si los agentes entran sin permiso, usan fuerza excesiva o violan sus derechos de cualquier manera.
Asegurese de que alguien en el hogar este grabando desde el momento en que se den cuenta de que las autoridades estan en la puerta. Envie la grabacion a un familiar, abogado o almacenamiento en la nube inmediatamente — no dependa de tenerla solo en su telefono.
Paso 4: Exija ver la orden — y sepa que tipo de orden esta viendo
Pregunte a los agentes si tienen una orden. Si dicen que si, pidales que la deslicen por debajo de la puerta. No abra la puerta para recibirla. Examínela cuidadosamente. Verifique el nombre, la dirección y si tiene la firma de un juez. Tenga cuidado aquí: una orden de registro se dirige contra un lugar, no contra una persona. Si la dirección que aparece es la suya, la orden cubre su hogar aunque su nombre no esté en ella, y pueden detener a quienes estén adentro mientras la ejecutan. Si ni el nombre ni la dirección son suyos, dígalo a través de la puerta y siga grabando. No abra la puerta para devolverla, y no bloquee físicamente a los agentes.
Lo más importante: hay tres documentos distintos que se llaman orden, y solo uno lo firma un juez. Dos son formularios de ICE, y uno de ellos, el Formulario I-205, es el documento que ICE usa ahora para entrar a los hogares. Lea las tres descripciones de abajo antes de decidir qué hacer en su puerta.
Los dos formularios de ICE: el Form I-200 y el Form I-205
Este es un documento administrativo emitido por ICE mismo — no por un tribunal. Tiene el encabezado "U.S. Department of Homeland Security" y el titulo "Warrant for Arrest of Alien." Esta firmado por un oficial de inmigracion, no por un juez. Esta orden no autoriza a los agentes a entrar a su hogar. Usted puede descargar un ejemplo de orden administrativa de ICE aqui para ver cómo se ve. Pero hay un segundo formulario de ICE, y es el que se está usando para cruzar puertas: el Formulario I-205, Warrant of Removal/Deportation (orden de expulsión). También lo firma un oficial de ICE, no un juez. Se usa contra personas que ya tienen una orden final de deportación. El 12 de mayo de 2025, el entonces director interino de ICE, Todd Lyons, emitió un memorando que dice a los oficiales que pueden arrestar a esa persona "in their place of residence" (en su lugar de residencia) usando "the Form I-205", y que "[s]hould the alien refuse admittance, ICE officers and agents should use only a necessary and reasonable amount of force to enter the alien's residence" (si la persona se niega a dejarlos entrar, los oficiales deben usar solo la fuerza necesaria y razonable para entrar a su residencia). Ese memorando está citado en la carta del senador Blumenthal que aparece enlazada más abajo en esta página. No ha sido revocado. Está siendo impugnado en Greater Boston Latino Network v. Noem, No. 1:26-cv-10472-JEK (D. Mass.), con los escritos completados el 4 de agosto de 2026 y sin decisión hasta hoy. El memorando sí dice que los oficiales no pueden entrar así a la casa de un tercero, solo a la residencia de la propia persona. Entonces: siga sin dar su consentimiento y siga sin abrir la puerta, porque el consentimiento entrega derechos que usted puede necesitar después. Pero sepa que negarse a dejar entrar a oficiales que traen un Formulario I-205 puede ser respondido con fuerza. No se resista físicamente. Diga en voz alta, frente a la cámara: "No doy mi consentimiento para que entren." El lugar para pelear una entrada ilegal es la corte, no su puerta.
La orden judicial — Firmada por un juez, federal o estatal
Una orden judicial la firma un juez o magistrado de un tribunal, y puede ser un tribunal federal o un tribunal estatal. Payton v. New York, el caso de la Corte Suprema del que viene esta regla, fue un caso del estado de Nueva York, así que una orden firmada por un juez estatal también cuenta. Una orden judicial nombra un tribunal, lleva un número de caso, tiene la firma de un juez y da autorización específica para registrar un domicilio o arrestar a una persona identificada. Un formulario de ICE lo firma un oficial de inmigración y no nombra ningún tribunal. Este es el único documento que da a los agentes el derecho legal de entrar a su hogar. ICE no está de acuerdo, y desde el 12 de mayo de 2025 instruye a sus oficiales a entrar con un Formulario I-205. Usted puede descargar un ejemplo de orden judicial de allanamiento aqui para familiarizarse con como se ve una orden valida. Tome esa muestra solo como ilustración, no como una plantilla para comparar línea por línea. Es una orden de registro federal de 2008, en un formulario judicial que desde entonces ha sido rediseñado, y se emitió bajo una disposición especial sobre terrorismo doméstico, así que una orden que le entreguen hoy no se verá igual. Una orden de arresto federal se ve distinta también. Lo que importa es el nombre de un tribunal, un número de caso y la firma de un juez.
Paso 5: Si lo arrestan
Si los agentes tienen una orden judicial valida para su arresto, no se resista. Pero tambien: no haga ninguna declaracion. No firme ningun documento. No responda ninguna pregunta. Usted tiene derecho a permanecer en silencio sin importar su estatus migratorio. No hable de dónde nació, ni de cuándo o cómo entró, ni de cuánto tiempo lleva aquí. Pero el silencio por sí solo es peligroso, por la deportación expedita. Bajo 8 U.S.C. 1225(b)(1)(A)(i) el oficial debe ordenar la deportación "without further hearing or review unless the alien indicates either an intention to apply for asylum ... or a fear of persecution" (sin más audiencia ni revisión, salvo que la persona manifieste la intención de solicitar asilo o un temor de persecución). Bajo 1225(b)(1)(A)(ii), una vez que usted lo dice, el oficial "shall refer" (lo tiene que remitir) a un oficial de asilo. La deportación expedita en el interior del país se está aplicando en todo el territorio ahora mismo bajo 90 Fed. Reg. 8,139. Así que diga las dos cosas en voz alta, a cada agente, en la puerta, en el carro y en la oficina, y sígalas repitiendo: "Quiero un abogado." Y, si tiene miedo de regresar a su país: "Tengo miedo de regresar a mi país. Quiero solicitar asilo."
Si vienen a arrestarlo y tienen una orden valida, usted no va a resolver la situacion hablando. Todo lo que diga puede y sera usado en su contra. No ofrezca informacion voluntariamente. No intente explicar su historial migratorio. Mantengase tranquilo y contacte a su abogado lo antes posible. Lo único que sí debe decir en voz alta, si es cierto, es que tiene miedo de regresar a su país y que quiere solicitar asilo. Eso no es dar información de más. Es la única declaración que mantiene su caso frente a un oficial de asilo en vez de cerrarlo.
Como Suena el Mal Consejo
Es posible que haya escuchado esto de amigos, familiares o en las redes sociales. Estan equivocados:
- "Solo coopere y lo dejaran en paz." Falso. Una vez que consiente la entrada, ha renunciado a sus derechos.
- "Si no tiene nada que ocultar, dejelos entrar." Falso. Los agentes pueden actuar sobre cualquier cosa que observen adentro.
- "Hable con ellos y explique su situacion." Falso. Todo lo que diga puede y sera usado en su contra.
- "Tienen que irse si no contesta." Falso. Pueden esperar o regresar. Pero no pueden entrar sin consentimiento o una orden judicial. Y fíjese en lo que esto no significa: fuera de su casa puede que no necesiten ninguna orden. Bajo 8 U.S.C. 1357(a)(2) un oficial puede arrestar sin orden si tiene razón para creer que la persona es deportable y que se va a escapar antes de conseguir una orden. Así que quédese adentro y mantenga la puerta cerrada.
No deje que un mal consejo le cueste su caso—o su familia.
El Clima Actual: Lo que Significa la Carta del Senador Blumenthal para Usted
La aplicacion de las leyes migratorias en los Estados Unidos ha entrado en una fase nueva y agresiva. Bajo la administracion actual, ICE ha expandido sus operaciones a tribunales, iglesias, escuelas y vecindarios que anteriormente se consideraban lugares sensibles. El 21 de enero de 2026, el senador Richard Blumenthal envio una carta al Departamento de Seguridad Nacional (DHS) y a ICE sobre una política concreta y fechada. La carta adjunta una denuncia de un informante sobre un memorando del 12 de mayo de 2025 del entonces director interino de ICE, Todd Lyons, y lo describe como la "new, secret policy to ignore the Fourth Amendment of the United States Constitution and enter homes without a judicial warrant" (nueva política secreta de ICE para ignorar la Cuarta Enmienda de la Constitución y entrar a los hogares sin orden judicial). No se trata de informes de algo que quizás pasó. Es una instrucción escrita a los oficiales, citada en la carta.
Esto importa porque confirma lo que los abogados de inmigracion han estado observando en el terreno: un aparato de aplicacion de la ley que esta operando con creciente agresividad y, en algunos casos, sin respetar los limites constitucionales. El hecho de que un senador de los Estados Unidos se haya sentido obligado a poner estas preocupaciones por escrito ante DHS deberia decirle todo sobre el clima actual.
Sus derechos — Referencia rapida
- Usted no tiene que abrir la puerta.
- Usted no tiene que dejar entrar a nadie a su propiedad.
- Usted tiene derecho a pedir identificacion y una orden.
- Un formulario de ICE firmado por un oficial y no por un juez no autoriza legalmente la entrada a su hogar. Pero desde el 12 de mayo de 2025 ICE afirma tener el poder de entrar por la fuerza con un Formulario I-205.
- Solo una orden firmada por un juez, federal o estatal, permite legalmente la entrada, y aun así la ley reconoce las emergencias. Nunca dé su consentimiento. Nunca se resista físicamente.
- Usted tiene derecho a grabar todas las interacciones.
- Usted tiene derecho a permanecer en silencio.
- Usted tiene derecho a contratar a un abogado, pero el gobierno no se lo va a dar y pedirlo no hace que los agentes se detengan. Y si tiene miedo de regresar a su país, dígalo en voz alta: "Tengo miedo de regresar a mi país. Quiero solicitar asilo."
Necesita Ayuda Ahora?
Si ICE lo ha contactado, se ha presentado en su casa, o ha detenido a un familiar, contacte a Bardavid Law inmediatamente. Hemos ayudado a cientos de familias a manejar encuentros con ICE. La llamada es gratuita y confidencial—y respondemos fuera del horario de oficina para emergencias. Llame al (212) 219-3244.
ලියන ලද්දේ
Joshua E. Bardavid
Immigration attorney at Bardavid Law, P.C. with years of experience helping clients navigate the U.S. immigration system.