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Decisiones Judiciales

La Corte Suprema restringió el asilo en la frontera. No cerró todas las puertas. Esto es lo que todavía funciona.

En una decisión llamada Mullin v. Al Otro Lado, la Corte Suprema sostuvo que una persona parada en México todavía no ha 'llegado' a los Estados Unidos y no puede exigir que se procese su asilo desde allí. La protección de nuestra ley de asilo se activa solo cuando usted llega a suelo estadounidense. Esto es lo que realmente dice el fallo, y las opciones que deja para las personas en peligro.

Joshua Bardavid5 de julio de 20266 min read

Si ha estado diciéndose a sí mismo que el plan es sencillo, que llegará a la frontera, se presentará, dirá la palabra asilo, y por fin estará a salvo, necesita leer esto con atención. La Corte Suprema acaba de mover la línea de la que depende todo su plan.

El 25 de junio de 2026, la Corte decidió un caso llamado Mullin v. Al Otro Lado, No. 25-5. La pregunta suena técnica y resulta ser todo. Cuando una persona que huye del peligro se para en la frontera sur, ¿ya está "en los Estados Unidos" a efectos del asilo, o solo una vez que cruza? La respuesta de la Corte fue directa. Como lo expresó la mayoría, una persona "parada en México no llega a los Estados Unidos", sino que "llega a los Estados Unidos solo cuando cruza la frontera".

Esa sola frase reconfigura la realidad para las familias con seres queridos esperando del otro lado. Seamos honestos sobre lo que significa y lo que no, porque los rumores ya se están propagando y el rumor equivocado puede costar una vida.

Qué sostuvo realmente la Corte

Nuestra ley de asilo, en 8 U.S.C. section 1158(a)(1), dice que una persona que está "físicamente presente en los Estados Unidos o que llega a los Estados Unidos" puede solicitar asilo. La disputa en Al Otro Lado fue sobre el significado de la palabra llega. Durante años, el gobierno ha usado una práctica llamada metering, en la que los oficiales se paran en el puerto de entrada y limitan cuántas personas inspeccionarán y procesarán cada día. A las personas que huían del peligro se les decía que esperaran en México, a veces durante semanas o meses, antes de que siquiera pudieran comenzar.

Los defensores argumentaron que el metering ilegalmente le cortaba a las personas el acceso al proceso de asilo que la ley promete a quienes llegan. La Corte Suprema no estuvo de acuerdo. Como una persona parada en México todavía no ha llegado dentro del significado de la ley, la Corte sostuvo que el gobierno puede controlar el flujo en la frontera y puede reanudar el metering cuando las condiciones fronterizas lo justifiquen. La protección de la ley de asilo, razonó la Corte, no se extiende a través de la frontera hasta una persona que todavía está del lado mexicano.

Qué no significa

Aquí es donde los rumores se vuelven peligrosos, así que lea esta parte dos veces. Esta decisión no acabó con el asilo. No derogó el plazo de un año. No dijo que las personas que ya están aquí no pueden solicitar.

Si usted está físicamente presente en los Estados Unidos, su capacidad de solicitar asilo no cambia con este caso. La regla general todavía le permite solicitar dentro del año siguiente a su entrada más reciente, con algunas excepciones. Lo que la Corte abordó es el momento anterior, el período en que una persona todavía está en México y pide ser procesada desde allí. En esa ventana, el gobierno ahora tiene la aprobación de la Corte para hacer que las personas esperen y para racionar el acceso en el puerto.

La decisión que no debe tomar a solas

Cuando las personas sienten que una puerta legal se cierra, la tentación es hacer algo drástico e inmediato. Ese es exactamente el momento de ir más despacio. La respuesta más peligrosa a este fallo sería concluir que la única opción que queda es cruzar ilegalmente entre puertos de entrada. No lo es, y esa decisión puede ser catastrófica de dos maneras a la vez.

Primero, el viaje a través del desierto y el río mata a personas todos los años, y los traficantes que prometen un cruce seguro están vendiendo un cuento, no una garantía. Segundo, una entrada ilegal puede causar un daño legal duradero. Puede exponer a una persona a la misma deportación acelerada sobre la que escribimos en nuestro artículo sobre la deportación acelerada que llega al interior del país, y puede envenenar un caso futuro de maneras difíciles de revertir. El notario que descarta todo esto, y la publicación de Facebook que hace que cruzar suene fácil, no son quienes estarán al lado de su familia frente a un juez.

Qué hacer en cambio, empezando ahora

La respuesta correcta a una línea legal que se mueve no es el pánico y no es la parálisis. Es información, reunida temprano, de alguien que realmente conoce el sistema.

Si tiene familia esperando en México, lo más valioso que puede hacer es conseguir asesoría adaptada a sus hechos específicos antes de que alguien tome una decisión irreversible. Puede haber vías legales que se ajusten a su situación, incluyendo opciones para pedir permiso de entrar de manera ordenada. Hay evidencia que deberían comenzar a reunir ahora para apoyar un eventual caso de asilo, incluyendo prueba de las amenazas o el daño del que huyen, nombres y fechas, denuncias policiales, registros médicos, y cualquier cosa que documente el peligro. Y hay plazos y trampas que son mucho más fáciles de sortear con ayuda que de descubrir por las malas.

No tiene que descifrar las señales a solas

La ley de inmigración siempre ha recompensado a las personas que obtienen buena asesoría temprano y ha castigado a las que esperaron. Después de Al Otro Lado, eso es más cierto que nunca. La línea de cuándo la ley lo protege se ha movido, y las personas en mayor riesgo son las que actúan por rumor en lugar de por consejo.

Hemos pasado veinte años ayudando a las familias a pensar con claridad exactamente en estos momentos, cuando el miedo es fuerte y lo que está en juego no podría ser más grande. Si alguien a quien ama está esperando en la frontera, o ya está aquí y tiene miedo de regresar a casa, hable con nosotros antes de decidir cualquier cosa. La consulta es gratuita, y la trabajaremos en inglés, español, francés, creole, o mandarín. La peor versión de esto es aquella en la que usted se entera de sus opciones solo después de que ya no existen.

Escrito por

Joshua Bardavid

I am the principal attorney with years of experience in immigration practice. I have successfully litigated hundreds of immigration cases and have been lead counsel in several precedent-setting appeals. Prior to working as an immigration attorney, I worked as a consultant to the United Nations High Commissioner for Refugees. I was editor-in-chief of New York International Law Review and graduated cum laude from St. John's University School of Law. I have lived in Washington D.C., West Africa, and the Middle East. I currently live in New York City. In my spare time, I enjoy travel and adventure, play soccer, and suffer as a Mets fan. I am a member of the American Immigration Lawyers Association (AILA).

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