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Decisiones Judiciales

¿Green Card, una condena antigua y un viaje próximo? La Corte Suprema elevó lo que está en juego. Así puede viajar preparado.

En Blanche v. Lau, la Corte Suprema anuló la regla del Segundo Circuito que protegía a los titulares de green card que regresan en Nueva York, Connecticut y Vermont. Un oficial ahora puede tratarlo como alguien que solicita admisión con base en un delito antiguo, y una vez que eso ocurre, la carga de probar que usted es admisible recae en usted. Si es residente permanente con cualquier antecedente penal, aquí le explicamos qué cambió y qué revisar antes de reservar un vuelo.

Joshua Bardavid10 de julio de 20268 min readUpdated 17 de septiembre de 2026

Para la mayoría de los titulares de green card, regresar a casa de un viaje al extranjero es la parte fácil. Le entrega su tarjeta al oficial, responde una o dos preguntas y le dejan pasar. Una decisión reciente de la Corte Suprema significa que, para un grupo más pequeño de residentes permanentes, ese momento ahora merece más reflexión y un poco de preparación. La buena noticia es que la preparación está totalmente en sus manos.

El 23 de junio de 2026, la Corte decidió Blanche v. Lau, No. 25-429. El caso involucraba a un residente permanente legal con un cargo penal que todavía estaba pendiente y sin resolver. Nueva Jersey acusó al señor Lau el 7 de mayo de 2012. Salió del país mientras esperaba juicio, y cuando intentó regresar por JFK el 15 de junio de 2012, un oficial lo trató como solicitante de admisión y le dio parole en lugar de admitirlo. Se declaró culpable más de un año después, el 24 de junio de 2013, y esa declaración posterior es lo que el gobierno usó en su audiencia para justificar cómo lo había tratado el oficial en la frontera. La pregunta era cuánto tiene que probar el gobierno, y en qué momento, antes de poder tratar así a un residente que regresa. Permítanos explicar lo que dijo la Corte, a quién afecta realmente y los pasos concretos que lo mantienen en control de su propio viaje.

La protección que la mayoría de los titulares de green card todavía tiene

Empecemos por la parte tranquilizadora, porque es cierta para la gran mayoría de los residentes permanentes. Bajo la ley en 8 U.S.C. section 1101(a)(13)(C), a un titular de green card que regresa de un viaje generalmente no se le trata como alguien que busca admisión. Se le considera como alguien que ya pertenece aquí, y un viaje breve no pone su estatus en cuestión. Si usted no tiene antecedentes penales, esta decisión no cambia su vida.

La ley, sin embargo, enumera excepciones específicas. Una de ellas aplica a un residente que ha cometido ciertos delitos, incluido un delito que implica vileza moral. Para ese grupo más reducido, el viaje al extranjero puede reabrir la cuestión de la admisión. Blanche v. Lau trata sobre cómo funciona esa excepción en la práctica.

Lo que la Corte decidió realmente

Aquí está el centro de todo, en términos sencillos. El proceso del gobierno para tratar a un residente que regresa como solicitante de admisión tiene dos pasos. En el primer paso, haber cometido un delito que califica es lo que permite al gobierno tratar a la persona como alguien que busca admisión. En el segundo paso, una condena o una admisión formal del delito es lo que se requiere para realmente determinar que la persona es inadmisible. Tenga cuidado con qué exige ese primer paso y en qué momento. La Corte confirmó el cargo contra el señor Lau porque el gobierno cumplió con su carga en la audiencia de deportación, sobre la evidencia presentada en esa audiencia, y en la nota al pie 2 dijo que no estaba decidiendo si los oficiales deben satisfacer algún estándar en la frontera. También dijo que el gobierno puede tratar a un residente como alguien que busca admisión desde el momento en que cometió el delito, aunque la condena llegue después.

La pelea en Lau era sobre el primer paso. El tribunal inferior era el Segundo Circuito, que cubre Nueva York, Connecticut y Vermont, y es el circuito que aquí perdió su protección. El Segundo Circuito había sostenido que el gobierno necesitaba evidencia clara y convincente de que el residente realmente cometió el delito al momento de reingresar antes de poder tratarlo como solicitante de admisión. Muk Choi Lau v. Bondi, 130 F.4th 42 (2d Cir. 2025). La Corte Suprema anuló esa decisión y devolvió el caso. Sostuvo que nada en la ley impone esa carga en el primer paso. El Quinto y el Noveno Circuitos ya habían resuelto lo contrario, así que para la mayor parte del país la regla no cambió. Para los lectores de aquí sí cambió. Si usted aterriza en JFK o LaGuardia, ese es el circuito al que acaban de quitarle el escudo.

Podemos ser honestos en que este no es el resultado que hubiéramos querido. Pero observe lo que la decisión no dice. No dice que todo titular de green card esté de repente en riesgo. No le quita su capacidad de prepararse, de impugnar una detención indebida o de resolver un problema de fondo antes de viajar. Pero tenga claro qué cambia una vez que un oficial sí lo trata como solicitante de admisión, porque la carga de la prueba se invierte. Bajo 8 U.S.C. 1229a(c)(2)(A), el solicitante de admisión tiene que probar que es admisible. Bajo 8 U.S.C. 1229a(c)(3)(A), es el gobierno el que tiene que probar que una persona ya admitida es deportable. Perder esa segunda regla es lo que realmente está en juego en este caso. A una persona tratada como solicitante de admisión también se le puede detener, o darle parole bajo 8 U.S.C. 1182(d)(5)(A), lo que significa estar físicamente en el país pero sin haber sido admitida. Eso es lo que le pasó al señor Lau.

Quién debe prestar mucha atención

Si usted es residente permanente y tiene cualquier arresto o condena en su historial, en cualquier lugar y en cualquier momento, esta decisión es una señal para planificar con anticipación antes de viajar al extranjero. Esto es cierto incluso si el caso pareció menor, incluso si fue desestimado, incluso si ocurrió hace décadas y aun si usted ha viajado desde entonces sin ningún problema. La ley de inmigración trata los antecedentes penales de su propia manera sorprendente. Delitos que suenan pequeños pueden contar como delitos que implican vileza moral, y delitos que suenan graves a veces no. No se puede saber solo por el nombre del cargo.

La competencia por su atención aquí es la voz que dice que usted ya ha viajado antes y no pasó nada, así que para qué preocuparse ahora. Esa voz es reconfortante y es exactamente la guía equivocada después de Lau. En el Segundo Circuito el panorama sí cambió, porque la regla que protegía aquí a los residentes que regresan ya no existe. Lo que parecía seguro el año pasado merece una segunda mirada este año.

Cómo viajar preparado, no asustado

Esta es la parte que usted controla, así que seamos específicos. Antes de reservar cualquier viaje internacional, haga que un abogado de inmigración revise su historial penal completo, incluidos los registros judiciales reales, no solo su recuerdo de lo que pasó. La ley exacta bajo la que fue acusado, y la disposición final, lo deciden todo. Una revisión cuidadosa de los registros reales es lo que nos dice si la excepción siquiera está en juego, y qué se puede hacer al respecto antes de que reserve.

Si su delito podría calificar, a menudo hay movimientos que hacer primero. A veces el paso correcto es un recurso posterior a la condena (post-conviction relief) que cambia o anula la condena antigua. A veces es solicitar un perdón (waiver) antes de irse. A veces es reunir documentación y un memorando legal para llevar con usted, de modo que si lo interrogan, el análisis de su abogado esté en su mano y no solo en su cabeza. Y si alguna vez lo retienen en el aeropuerto, sepa qué tiene y qué no tiene. Bajo 8 C.F.R. 292.5(b) no existe derecho a tener un abogado con usted en la inspección primaria ni en la secundaria, salvo que usted se haya convertido en el foco de una investigación penal y haya sido puesto bajo custodia. Puede pedir llamar a su abogado, y debe hacerlo, pero no planifique contando con que lo conseguirá. Lo que siempre puede hacer es negarse a firmar cualquier cosa que renuncie a su residencia, incluido el Formulario I-407, preguntar qué es cada documento antes de firmarlo, y llamar a un abogado en cuanto lo liberen o le entreguen un documento de cargos.

Si quiere la pieza complementaria sobre qué hacer cuando los oficiales son quienes vienen hacia usted, lea nuestra guía sobre qué hacer cuando ICE se presenta en su puerta.

Permítanos mirar antes de que se vaya

El tema de Blanche v. Lau no es que la puerta se cerró de golpe. Es que el margen de error se hizo más estrecho para un grupo específico de personas, sobre todo aquí en el Segundo Circuito, y que planificar con anticipación importa más que antes. Ese es el tipo de problema en el que trabaja esta oficina. Durante veinte años hemos repasado con los residentes permanentes sus expedientes antes de que viajen, y hemos estado al lado de quienes fueron detenidos de todos modos. Ningún abogado puede decirle qué hará un oficial de frontera, y después de esta decisión menos todavía. Lo que sí podemos hacer es leer el expediente y decirle qué encontramos.

Si usted tiene una green card y cualquier antecedente penal, no deje que unas vacaciones se conviertan en una lucha por regresar a casa. Permítanos revisar su historial mientras hay tiempo para actuar sobre lo que encontremos. La consulta es gratuita, y lo conversaremos en inglés, español, francés, creole o mandarín. Una conversación breve ahora es mejor que enterarse en el aeropuerto.

Escrito por

Joshua Bardavid

I am the principal attorney with years of experience in immigration practice. I have successfully litigated hundreds of immigration cases and have been lead counsel in several precedent-setting appeals. Prior to working as an immigration attorney, I worked as a consultant to the United Nations High Commissioner for Refugees. I was editor-in-chief of New York International Law Review and graduated cum laude from St. John's University School of Law. I have lived in Washington D.C., West Africa, and the Middle East. I currently live in New York City. In my spare time, I enjoy travel and adventure, play soccer, and suffer as a Mets fan. I am a member of the American Immigration Lawyers Association (AILA).

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